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¿Es anónima la donación de esperma en España?¿Existen excepciones?

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Resolvemos estas y otras preguntas sobre la donación de esperma y la identidad de los donantes

En España la ley de Reproducción Asistida de 2006, exige el anonimato de la identidad del donante de esperma. A diferencia de otros países de nuestro entorno como Inglaterra o Suecia donde este anonimato no existe. Según la legislación española en esta materia, los hijos nacidos por donación de esperma sí pueden conocer información general del donante, aunque no su identidad. Datos físicos y/o relevantes para la salud de los descendientes.

Aunque el anonimato en la donación de semen está protegido por la ley, existen circunstancias bajo las cuales dicho anonimato puede saltarse, solo excepcionalmente cuándo exista un peligro real para la vida o la salud del hijo o la hija nacida de esa donación de esperma, puede conseguirse legalmente. Esta revelación de la identidad tendrá carácter restringido y no implicará que pueda divulgarse. En todo caso, esto no implica la determinación legal de la filiación.

Es decir, aún en los casos que por peligro grave de enfermedad o salud del hijo, deba conocerse la identidad del donante de semen. Esto no implica que este donante pueda ser considerado como padre legal, por lo tanto ni donante ni el hijo producto de esa donación, tienen ningún derecho derivado de la misma. Es decir ni herencias, custodias, pensiones alimenticias, etc.

En España la ley limita a seis, el número de donaciones que puede realizar un donante de esperma. Sin embargo no existe un registro de donantes estatal que vele por que se cumpla la noma. Recientemente se ha anunciado la intención de habilitar este registro, muy demandado por los y las  profesionales en reproducción asistida.

En cuanto al proceso de la donación de esperma en España, el hombre que decide donar tiene que cumplir una serie de requisitos y pasar por distintas pruebas para poder ser considerado apto:

Entre los requisitos que se piden está:

  • Tener entre 18 a 40 años (aunque la ley de reproducción asistida permite donar hasta los 50).
  • No ser adoptado ya que no se podría acceder a información de los antecedentes familiares.
  • No tener enfermedad hereditaria grave. 
  • No tener ninguna enfermedad de transmisión sexual.
  • No haber engendrado más de 6 hijos.
  • Tener una buena salud física y mental.

En cuanto a las pruebas a realizar, la clínica solicitara una muestra de semen para someterla a prueba y verificar que se es apto para la donación.

Además se elaborara una historia clínica sobre el estado de salud del donante y el de su familia. Esta documentación se completará con un estudio médico completo.

Una vez superado todos estos controles, se adjunta un contrato para firmar por el donante en el  que, entre otras cláusulas, se firma la renuncia a exigir cualquier derecho sobre los hijos concebidos.

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